Micelio

Artículo 17

Decreto 38 de 1883 · Que organiza el servicio de la Secretaría de Relaciones Exteriores

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 17. Las horas de despacho de la Secretaría serán las siguientes: de 8 a 10 a. m.; de 11 1/2 a, m. á 3 p. m., y, en caso de ocupaciones urgentes, las que designen el Secretario, Oficial Mayor o Jefe de Sección respectivo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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