ARTICULO 4 . 1.3.1 2- DE LAS FUNCIONES DE LA OFICINA DE ESTUDIOS ECONOMICOS. A la oficina de Estudios Económicos le corresponde desarrollar las siguientes funciones
Realizar estudios e investigaciones sobre temas económicos de interés para el desarrollo de las funciones propias de la Superintendencia Bancaria;
Asesorar al Superintendente Bancario, Superintendentes Delegados y Secretario General en asuntos económicos que sean de su competencia;
Preparar el informe anual de labores y los boletines de Índole económica que expida la Superintendencia Bancaria;
Efectuar análisis sobre el comportamiento del sistema financiero en el ámbito nacional y regional;
Atender las consultas de orden interno y externo en materia económica; f, Realizar estudios de carácter sectorial con destino a las dependencias internas, para los efectos de la evaluación de la cartera; g. Efectuar los cálculos de tasas de interés activas y pasivas, de conformidad con las disposiciones legales, y proponerlos estudios pertinentes para expedir la certificación sobre el interés bancario corriente; h. Realizar estudios sobre la viabilidad de nuevos mecanismos y servicios financieros y coordinar los mismos estudios con otros organismos gubernamentales para los efectos a que haya lugar; i. Efectuar el seguimiento de la inversión extranjera existente en el sector financiero y de seguros y de la inversión colombiana en los mismos sectores en el exterior; j. Colaborar en la elaboración de los estudios requeridos para las instituciones bajo supervisión especial; k. Emitir recomendaciones sobre documentos preparados por los asesores de la Junta Monetaria que tengan relación con el sistema financiero, cuando así lo solicite el Superintendente Bancario, y l. Las demás que se le asignen de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.