El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a solicitud del Ministerio de Gobierno, podrá por medio de resolución motivada, redistribuir los dineros girados para inversiones por acción comunal, siempre y cuando que la obra u obras respectivas hayan sido terminadas y quede un saldo sobrante, y que la nueva inversión se haga dentro del mismo municipio, previo concepto favorable de la Junta Comunal respectiva.
Artículo 45
El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, A Solicitud Del Ministerio De Gobierno, Podrá Por Medio De Resolución Motivada, Redistribuir Los Dineros Girados Para Inversiones Por Acción Comunal, Siempre Y Cuando Que La Obra U Obras Respectivas Hayan Sido Terminadas Y Quede Un Saldo Sobrante, Y Que La Nueva Inversión Se Haga Dentro Del Mismo Municipio, Previo Concepto Favorable De La Junta Comunal Respectiva
Decreto 2808 de 1974 · Sobre liquidación del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1975
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.