Micelio

Artículo 46

Factor Salarial : Las Indemnizaciones Y Bonificaciones No Constituyen Factor De Salario Para Ningún Efecto Legal Y Se Liquidarán Con Base En El Salario Promedio Causado Durante El Último Año De Servicio

Decreto 2157 de 1992 · Por el cual se reestructura el Ministerio de Justicia.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 46. Factor Salarial : las indemnizaciones y bonificaciones no constituyen factor de salario para ningún efecto legal y se liquidarán con base en el salario promedio causado durante el último año de servicio. Para efectos de su reconocimiento y pago se tendrán en cuenta exclusivamente los siguientes factores salariales: La asignación básica mensual. La prima técnica. Los dominicales y festivos. Los auxilios de alimentación y transporte. La prima de navidad. Bonificación por servicios prestados. La prima de servicios. La prima de antigüedad. La prima de vacaciones. Los incrementos por jornada nocturna o en días de descanso obligatorio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2157 de 1992