°. Funciones de la Dirección General. Son funciones de la Dirección General las siguientes
Definir y coordinar la formulación e implementación de la política pública para la inclusión social de la población sorda colombiana.
Rendir informes generales o periódicos y particulares al Presidente de la República, al Ministerio de Educación Nacional sobre las actividades desarrolladas, la situación general de la entidad y las medidas adoptadas que puedan afectar el curso de la política de Gobierno.
Cumplir y hacer cumplir las normas legales, estatutarias, y reglamentarias vigentes y ejecutar las decisiones del Consejo Directivo.
Dirigir, evaluar y controlar el funcionamiento general del Instituto, de conformidad con las directrices trazadas por el Consejo Directivo.
Someter a consideración del Consejo Directivo el proyecto de presupuesto y, una vez expedido, garantizar su adecuada ejecución.
Rendir informes al Consejo Directivo sobre el funcionamiento general del Instituto, el desarrollo y ejecución de sus planes y programas.
Celebrar los contratos, ordenar los gastos y expedir los actos que sean necesarios para el cumplimiento de los objetivos y funciones del Instituto, con arreglo a las disposiciones legales y estatutarias.
Nombrar y remover el personal del Instituto y ejercer en general aquellas funciones relacionadas con la administración del personal.
Garantizar el adecuado ejercicio del control interno y de gestión de la entidad y propender por el mejoramiento institucional.
Dirigir la política de información y comunicación del Instituto Nacional para Sordos (Insor).
Liderar los procesos de traducción del lenguaje hablado a Lengua de Señas Colombiana (LSC), el sistema de Closed Caption y las necesidades de información de la comunidad sorda colombiana.
Delegar las funciones que considere necesarias para la buena marcha del Instituto conforme a ley, y otorgar los poderes y mandatos necesarios para las actuaciones judiciales y administrativas.
Definir y promover líneas, estudios y programas de cooperación internacional para el desarrollo de la misión institucional.
Conocer y fallar en segunda instancia los procesos disciplinarios que se adelanten en contra de los servidores públicos del Instituto.
Las demás que le sean asignadas por la ley y el reglamento que corresponda a la naturaleza de las funciones atribuidas al Instituto.