La Medalla "Al Mérito Postal" se acompañará de un diploma de treinta (30) centímetros de largo por veinticinco (25) de ancho, en cuya parte superior ostentará el escudo de armas de la República, enmarcado entre las palabras "República de Colombia" - "Ministerio de Comunicaciones", y con la siguiente leyenda: "En nombre del Gobierno de la República de Colombia, concédese la Medalla al Mérito postal, en……categoría, al señor ... ………Bogotá, ... ……de ... …de 195.."
Decreto 766 de 1956 →Vigente
Artículo 13
Decreto 766 de 1956 · Por el cual se consagra el Día del Correo Nacional y se crea la Medalla Al Mérito Postal
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.