Ley 13 de 1913 · Sobre celebración de un centenario
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Destínase la suma de diez mil pesos ($ 10.000) para que el Departamento de Boyacá festeje con toda solemnidad el centenario de la confirmación o solemne ratificación de la declaración de su independencia absoluta, proclamada en su constitución de 1811.
Esta suma se considerará incluida en el Presupuesto de Gastos de la vigencia en curso.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.