° Hácense los siguientes tratados en el presupuesto del MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS CAPITULO 60 Obras hidráulicas-Conservación. Del artículo 355. Para conservación, equipo fluvial y explotación; de los talleres de Santa Cruz $ 8.000.00 Del artículo 395. Conservación del canal navegable del río Atrato 6.000,00 Del artículo 361 Superintendencia y Caja Fluvial 1,000.00 Del artículo 371. Para trabajos de defensa y atracadero Zambrano 10,000.00 Del artículo 372. Para defensa del puerto de La Dorada 25,000.00 CAPITULO 60 Obras hidráulicas-Conservación. Al artículo 378 bis. Para--la defensa-de Turbo (Ley 26 de 1937) 20,000.00 Al artículo 350 bis. Para explotación de los barcos del río Magdalena pertenecientes al Ministerio de Obras Públicas 29.500.00 CAPITULO 58 Ministerio-Personal y material. Al artículo 348. Para muebles, útiles de escritorio y demás gastos del Ministerio, en el año 500.00 Sumas iguales $ 50,000.00 50,000.00
Decreto 2087 de 1937 →Vigente
Artículo 3
Hácense Los Siguientes Tratados En El Presupuesto Del Ministerio De Obras Publicas Capitulo 60 Obras Hidráulicas-Conservación
Decreto 2087 de 1937 · Por el cual se hacen varios traslados en la Ley de Apropiaciones vigente
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.