Micelio

Artículo 7

Decreto 38 de 1875 · Por el cual se organiza la Comisión de Injenieros que ha de ocuparse en el trazado de la línea del ferrocarril del Norte

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 7. ° Los empleados de que trata este decreto gozarán de los siguientes sueldos: El Injeniero jefe de la primera seccion $260 mensulaes; El Injeniero jefe de la segunda seccion $280 Cada uno de los Injenieros que se encargue de la Jefatura de una subdivisión que trabaje en el trayecto comprendido entre Bogotá i el boqueron de Opon, $180; El Jefe de la seccion del boqueron de Opon hácia el cerro de Guayabito $200; El Jefe de la seccion del cerro de Guayabito hácia el boqueron de Opon $240; Los Injenieros ayudantes que trabajen en la seccion comprendida entre Bogotá i el boqueron de Opon $ 140; Los Injenieros ayudantes que trabajen desde el boqueron de Opon hácia el cerro de Guayabito $ 170; Los Injenieros ayudantes que trabajen del cerro de Guayabito hácia el boqueron del Opon $200; Los adjuntos que trabajen de Bogotá al boqueron de Opon $60; Los adjuntos que trabajen del boqueron de Opon hácia el cerro de Guayabito $80; Los adjuntos que trabajen del cerro de Guayabitos hácia el boqueron de Opon $100.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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