Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y surte efectos fiscales a partir del 1º de julio de 1973 Comuníquese y cúmplase
Decreto 1857 de 1973 →Vigente
Artículo 30
Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición Y Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1º De Julio De 1973 Comuníquese Y Cúmplase Dado En Bogotá, D
Decreto 1857 de 1973 · Por el cual se fija el sistema de clasificación, remuneración y nomenclatura para las distintas clases de empleos del Instituto Colombiano Agropecuario-ica
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.