Micelio

Artículo 12

Disposiciones Transitorias

Decreto 204 de 1957 · Por el cual se dictan normas sobre fuero sindical

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Disposiciones transitorias. El Ministro del Trabajo continuará conociendo de los asuntos sobre fuero sindical que se hubieren iniciado antes de entrar en vigencia el presente Decreto, hasta su decisión definitiva, siguiendo el procedimiento establecido en el Decreto número 616 de 1954.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 204 de 1957