Micelio

Artículo 3

Decreto 1800 de 1950 · por el cual se modifica y adiciona el artículo 3° del Decreto 690 del 27 de febrero del presente año.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero. Las cremas, lociones, fijadores para el cabello, barnices para las uñas, lápices para las cejas y coloretes, cuyo precio para el público no sea mayor de cincuenta centavos ($0.50), causarán un derecho o una tasa de cinco centavos ($0.05) por cada frasco o empaque.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1800 de 1950