º. Objeto y Funciones. Corresponden al Instituto de Seguros Sociales y a las Cajas, fondos o entidades del sector público o privado en desarrollo de su objeto en especial, las siguientes funciones
Ejecutar los objetivos y finalidades establecidos por la Ley 100 de 1993 y sus decretos reglamentarios, en relación con el Sistema General de Pensiones.
Prestar de manera eficaz, eficiente y oportuna todos los servicios inherentes a su calidad de institución de carácter previsional.
Registrar la inscripción de sus afiliados cuando a ello haya lugar y efectuar el recaudo de los aportes por el sistema de autoliquidación de acuerdo con los términos establecidos en los respectivos reglamentos.
Pagar a los afiliados y beneficiarios oportunamente las prestaciones económicas a su cargo, de acuerdo con las normas legales vigentes.
Llevar un sistema de contabilidad, cuentas, inversiones y reservas separadas del resto de sus negocios, con sujeción a las prescripciones de la Superintendencia Bancaria. CAPITULO II. Instituto de Seguros Sociales como sociedad administradora del régimen solidario de prima media con prestación definida