° La demarcación de los terrenos y el levantamiento del plano de que trata el artículo anterior, se llevará a cabo por funcionarios dependientes del Ministerio de Agricultura.
Decreto 2986 de 1953 →Vigente
Artículo 2
La Demarcación De Los Terrenos Y El Levantamiento Del Plano De Que Trata El Artículo Anterior, Se Llevará A Cabo Por Funcionarios Dependientes Del Ministerio De Agricultura
Decreto 2986 de 1953 · Por el cual se destina un terreno baldìo
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.