Micelio

Artículo 1

Ley 37 de 1941 · Por la cual se establece una granja agrícola y se crea una escuela agropecuaria en el Municipio de Icononzo (Tolima)

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno Nacional procederá a la fundación y establecimiento de una granja agrícola en el Municipio de Icononzo, Departamento del Tolima. En el mismo Municipio, y como anexa a la granja mencionada, créase una escuela de orientación agrícola-pecuaria.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 37 de 1941