°. Comisión Nacional Asesora de Programas Masivos . De conformidad con lo señalado en el numeral 3.1 del artículo 7° del Decreto 93 de 1998, confórmase la Comisión Nacional Asesora de Programas Masivos, la cual estará integrada por
El Ministro del Interior y de Justicia o su delegado, quien lo presidirá.
El Ministro de la Protección Social, o su delegado.
El Ministro de Cultura o su delegado.
El Comandante General de las Fuerzas Militares o su delegado.
El Director de la Policía Nacional o su delegado.
El Director General de la Defensa Civil Colombiana o su delegado.
El Director de Prevención y Atención de Desastres o su delegado.
Un representante del Sistema Nacional de Bomberos de Colombia. Serán invitados permanentes los representantes de las siguientes entidades y organismos, quienes tendrán derecho a voz pero sin voto: El Director del Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes, o su delegado. El Director General de Socorro Nacional de la Cruz Roja Colombiana, o su delegado. El Director de los Scouts de Colombia, o su delegado;
La Secretaría Técnica de la Comisión estará a cargo de la Dirección de Prevención y Atención de Desastres del Ministerio del Interior y de Justicia.
El Presidente de la Comisión podrá invitar a cada reunión a los funcionarios o particulares que considere indispensable.