Las sanciones disciplinarias son:
Separación absoluta de las Fuerzas Militares: Es la cesación definitiva de funciones.
Suspensión: Consiste en la cesación temporal de funciones en el ejercicio del cargo sin derecho a remuneración.
Reprensión: Es la desaprobación expresa que por escrito hace el superior sobre la conducta o proceder del infractor.
Las inhabilidades general y especial en los términos de los artículos 44, 45 y 46 de la Ley 734.
Cuando se imponga separación absoluta de las Fuerzas Militares, ello implica pérdida del derecho a concurrir a las sedes sociales y sitios de recreación de las Fuerzas Militares.