Micelio

Artículo 1

Decreto 1230 de 1960 · Por el cual se incorporan a la nómina del Ministerio de Justicia unos cargos que venian figurando como supernumerarios.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. A partir del primero (1º) de mayo del presente año, incorpóranse a la nómina del Ministerio de Justicia los siguientes cargos que venían figurando como supernumerarios, con los sueldos mensuales que se enumeran a continuación: Gabinete : 1 Chofer $ 500.00. Departamento de Personal : 14 Aseadoras, cada una 220.00 8 Celadores, cada uno 220.00 9 Ascensoristas, cada uno 220.00 1 Portero Celador 345.00 Departamento de Prisiones: 4 Maestros Institutores, cada uno 500.00 1 Médico Psiquiatra 600.00 1 Mecanógrafa 350.00 Departamento de Presupuesto y Contabilidad. Dirección: 1 Mecanógrafa 350.00 1 Cartero 220.00 Sección Pagaduría: 1 Revisor 550.00 1 Mecanógrafa 350.00 1 Ayudante 3º 315.00 1 Mensajero 253.00 Sección Almacén: 1 Ayudante 207.00 Departamento de Menores: 1 Mecanógrafa 350.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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