Art. 26. El Cuerpo de Serenos está á las órdenes inmediatas del Administrador y será regido por un Director con la asignación anual de $960 ; un Subdirector con la asignación anual de $ 600 y por los Inspectores y Oficiales que el Administrador crea necesario nombrar para el buen servicio, con las asignaciones establecidas en el reglamento respectivo. DISPOSICIONES TRANSITORIAS.
Decreto 511 de 1888 →Vigente
Artículo 26
Decreto 511 de 1888 · Orgánico de la Administración de aseo, alumbrado y vigilancia de la capital de la República
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.