° Los créditos que otorguen las Corporaciones de Ahorro y Vivienda deberán cumplir con las condiciones de garantías establecidas en la Resolución externa número 19 de 1991 de la Junta Directiva del Banco de la República.
Decreto 678 de 1992 →Vigente
Artículo 2
Los Créditos Que Otorguen Las Corporaciones De Ahorro Y Vivienda Deberán Cumplir Con Las Condiciones De Garantías Establecidas En La Resolución Externa Número 19 De 1991 De La Junta Directiva Del Banco De La República
Decreto 678 de 1992 · por el cual se reglamentan las operaciones autorizadas a las Corporaciones de Ahorro y Vivienda.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.