Micelio

Artículo 4

El Porcentaje De Retención En La Fuente Por Impuesto Sobre Las Ventas Del Sesenta Por Ciento (60%), Se Aplicará A Partir De La Ejecutoria De La Resolución Que Reconoce Que El Responsable Cumple Con Los Requisitos Para Acceder A Dicho Porcentaje

Decreto 415 de 2004 · por el cual se reglamenta el artículo 437-1 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 13 de la Ley 863 de 2003.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El porcentaje de retención en la fuente por Impuesto sobre las Ventas del sesenta por ciento (60%), se aplicará a partir de la ejecutoria de la resolución que reconoce que el responsable cumple con los requisitos para acceder a dicho porcentaje.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 415 de 2004