Artículo segundo . Suprímense los siguientes cargos en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público: Pagaduría . ( Personal de nómina ). Mensual. 1 Contador Pagador $ 800.00 1 Auxiliar 400.00 1 Oficial de Giros 260.00 1 Oficial de Nómina y Descuentos 260.00 1 Oficial de Kárdex de Descuentos 200.00 1 Mecanotaquígrafa 2 a 200.00 ( Personal a jornal ). 1 Mecanógrafa 310.00 1 Contador 279.00 1 Mecanógrafa 248.00 Proveeduría. ( Personal de nómina ). 1 Proveedor 600.00 1 Contador 3° Ayudante 300.00 1 Almacenista de Formas 280.00 1 Mecanotaquígrafa 2 a 200.00 2 Oficiales de Empaques, a $ 130.00 cada uno 260.00 1 Carpintero 150.00 2 Acarreadores, a $130.00 cada uno 260.00 1 Aseadora 80.00 ( Personal a jornal ). 1 Ayudante de Contabilidad 240.00 1 Oficial de Kárdex 180.00 1 Ayudante de Carpintería 150.00 $ 5.657.00
Decreto 740 de 1955 →Vigente
Artículo 2
Decreto 740 de 1955 · Por el cual se incorporan a la Dirección del Presupuesto la Pagaduría y Preveeduría del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, se fija el personal asignaciones de esta dependencias y dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.