Micelio

Artículo 1

Ley 2 de 1989 · por la cual se autoriza al Gobierno Nacional para establecer el subsidio al servicio público de transporte colectivo de pasajeros.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° . Autorízase al Gobierno Nacional para establecer el subsidio al servicio público de transporte colectivo de pasajeros, a partir de la vigencia de la presente Ley.

Parágrafo

primero. El presente subsidio podrá establecerse al servicio público de transporte colectivo de pasajeros urbano, metropolitano, intermunicipal, interdepartamental y rural.

Parágrafo

segundo. Para la aplicación del subsidio al servicio público de transporte colectivo de pasajeros, el Gobierno Nacional analizará y tendrá en cuenta las condiciones y características socioeconómicas de la población y región servidas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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