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Artículo 1

Hácese La Siguiente Traslación En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal En Curso: Ministerio De Hacienda Y Credito Público Gastos De Administración Y Otros

Decreto 3296 de 1959 · Por el cual se hace una traslación dentro del Presupuesto vigente. (Ministerio de Hacienda y Crédito Público-Departamento Administrativo del Servicio Civil), y se dicta una disposición

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Hácese la siguiente traslación en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso: MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO Gastos de Administración y otros. Contracrédito CAPITULO 102 Dirección del Presupuesto. Departamento Administrativo del Servicio Civil 001. Del artículo 1019. Para sueldos del personal del Departamento Administrativo del Servicio Civil, en el año 90.000.00 Crédito CAPITULO 102 Dirección del Presupuesto. Departamento Administrativo del Servicio Civil 001, 201, 003, 301. Al artículo 1020. Para el pago de contratos con expertos, formularios, libros y registros de contabilidad, compra de muebles, enseres y equipo mecánico de oficina; conservación, reparación y repuestos de los mismos; servicios telefónico local, de alumbrado, fuerza eléctrica y acueducto; aseo y desinfección; viáticos y gastos de transporte, y demás gastos de transporte, y demás gastos inherentes a la creación y funcionamiento del Departamento Administrativo del Servicio Civil, según distribución que se hará posteriormente de acuerdo con las necesidades, en el año. $ 90.000.00

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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