° El servicio público de transporte debe prestarse preferentemente entre los lugares o zonas del municipio con mayor densidad demográfica y los sitios de votación, sin detrimento de la prestación del servicio a las demás zonas del respectivo municipio.
Decreto 583 de 1982 →Vigente
Artículo 3
El Servicio Público De Transporte Debe Prestarse Preferentemente Entre Los Lugares O Zonas Del Municipio Con Mayor Densidad Demográfica Y Los Sitios De Votación, Sin Detrimento De La Prestación Del Servicio A Las Demás Zonas Del Respectivo Municipio
Decreto 583 de 1982 · Por el cual se aprueba con modificaciones el Acuerdo número 002 del 3 de noviembre de 1981, expedido por el Consejo Intendencial de Putumayo, para el período fiscal comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 1982
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.