º Para efectos del ajuste del Patrimonio Líquido al comienzo de cada período gravable se deberán tomar las mismas bases que fueron tenidas en cuenta para el ajuste de los activos no monetarios que integran dicho patrimonio.
Decreto 401 de 1994 →Vigente
Artículo 2
º Para Efectos Del Ajuste Del Patrimonio Líquido Al Comienzo De Cada Período Gravable Se Deberán Tomar Las Mismas Bases Que Fueron Tenidas En Cuenta Para El Ajuste De Los Activos No Monetarios Que Integran Dicho Patrimonio
Decreto 401 de 1994 · por el cual se reglamenta parcialmente el Estatuto Tributario y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.