Micelio

Artículo 30

Para Decretar La Pérdida De La Condecoración Debe Mediar Un Proceso De Averiguación De Los Actos Que Puedan Ocasionar Tal Medida, Y Del Cual Resulten Suficientes Pruebas Irrecusables

Decreto 1589 de 1954 · Por el cual se crea la condecoración Orden Militar "Trece de Junio"

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para decretar la pérdida de la condecoración debe mediar un proceso de averiguación de los actos que puedan ocasionar tal medida, y del cual resulten suficientes pruebas irrecusables. La anulación de la condecoración se decretará por el Consejo haciendo mención del decreto que la concedió.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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