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Artículo 4

º Adicionase El Artículo 8º Del Decreto 0320 De 1983 Con El Siguiente Parágrafo: "parágrafo

Decreto 2463 de 1986 · por el cual se adiciona el Decreto número 0320 de 1983.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 4 º Adicionase el artículo 8º del Decreto 0320 de 1983 con el siguiente

Parágrafo

"

Parágrafo

Para los efectos consagrados en este artículo, y cuando la empresa coproductora colombiana sea la Compañía de Fomento Cinematográfico -Focine-, el Ministerio de Comunicaciones exigirá la presentación de los siguientes documentos

a)

Solicitud suscrita por su representante legal, especificando el título de la obra, las fechas de iniciación y terminación del rodaje, así como los lugares de filmación;

b)

Contrato de coproducción suscrito por los coproductores, debidamente autenticados ante los consulados respectivos;

c)

Guión de la película en idioma español, cuando se trate de producción cinematográfica; o libreto o sinopsis en idioma español, si se trata de producción para televisión;

d)

Ficha técnica y artística del personal que intervendrá en la filmación de la obra con indicación de la nacionalidad de cada uno y de las labores que desempeñan;

e)

Número de pasaporte y nacionalidad del personal extranjero que ingresará al país con motivo de la filmación, así como el tiempo de permanencia en el territorio nacional;

f)

Relación detallada del equipo técnico de filmación que ingresará al país".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2463 de 1986