Micelio

Artículo 13

Queda Terminantemente Prohibido, Hablar En Voz Alta O Producir Ruidos Que Puedan Perjudicar La Tranquilidad De Los Lectores

Decreto 916 de 1922 · Por el cual se dicta el Reglamento para la biblioteca nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Queda terminantemente prohibido, hablar en voz alta o producir ruidos que puedan perjudicar la tranquilidad de los lectores.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 916 de 1922