Micelio

Artículo 10

No Se Considerará Ninguna Propuesta En Que El Proponente Ofrezca Mejorar La De Cualquier Otro En Determinada Forma O Cuantía Y Solo Serán Atendibles Las Que Se Hicieren En Términos Concretos Y Definitivos

Decreto 1323 de 1947 · Por el cual se reglamenta la Ley 66 de 1946.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

No se considerará ninguna propuesta en que el proponente ofrezca mejorar la de cualquier otro en determinada forma o cuantía y solo serán atendibles las que se hicieren en términos concretos y definitivos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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