Micelio

Artículo 2.2.2.1.2

Rendimientos Financieros Del Sistema General De Regalías

Decreto 1821 de 2020 · Por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sistema General de Regalías.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Rendimientos Financieros del Sistema General de Regalías. Los rendimientos financieros generados por los recursos del Sistema General de Regalías, diferentes de Asignaciones Directas, son propiedad del Sistema General de Regalías y deberán reintegrarse trimestralmente a la Cuenta Única del Sistema, para ser distribuidos conforme lo establecido en la Ley 2056 de 2020. La Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público definirá los lineamientos para su reintegro.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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