Micelio

Artículo 1

Ley 17 de 1923 · sobre enseñanza comercial

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Facúltase al Poder Ejecutivo:

1.

Para ensanchar la Escuela Nacional de Comercio de la capital con el fin de que en ella se dicten, hasta donde sea posible, las enseñanzas que se dan en las altas escuelas comerciales de Europa y América, de conformidad con los programas que formulara el Ministerio de Instrucción Pública.

2.

Para subvencionar hasta con seis mil pesos ($6,000) la creación y sostenimiento de una Escuela Superior de Comercio en el centro comercial más importante de cada uno de los otros departamentos, siempre que estos inviertan la misma cantidad y que en ellas se den las enseñanzas teórica y práctica que determine el Ministerio de Instrucción Pública.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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