º . NOMBRAMIENTO . Para ser nombrado Agente de la Policía Nacional es indispensable haber cursado y aprobado los estudios reglamentarios en la respectiva Escuela de Formación y ser propuesto para tal cargo por el Director del Instituto.
El personal del Cuerpo Auxiliar de Policía que haya prestado servicio militar obligatorio en la Policía Nacional y obtenido su tarjeta de reservista con nota de buena conducta, podrá ser nombrado como Agente Profesional, por el Director General de la Policía Nacional, siempre y cuando reúna los demás requisitos que se exigen en este estatuto.