De las áreas para almacenamiento de basuras . Las áreas destinadas para almacenamiento colectivo de basuras en las edificaciones de que trata el artículo anterior, cumplirán como mínimo, con los siguientes requisitos
Los acabados serán lisos, para permitir su fácil limpieza a impedir la formación de ambiente propicios para el desarrollo de microorganismos en general;
Tendrán sistemas de ventilación, de suministro de agua, de drenaje y prevención y control de incentivos;
Serán construidas de manera que se impida el acceso de insectos, roedores y otras clases de animales.
Las áreas a que se refiere este artículo serán aseadas y fumigadas para desinfección y desinsectación, con la regularidad que exige la naturaleza de la actividad que en ellas se desarrolla.