Micelio

Artículo 2

Ley 13 de 1925 · Por la cual se abren varios créditos adicionales y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Destínase la suma de seis mil pesos ($ 6,000) para pagar la Comisión demarcadora de límites entre Boyacá y Santander, nombrada por el Senado en sus actuales sesiones, a razón de dos mil pesos ($ 2,000) para cada uno de sus miembros. Para los gastos de peones, exploraciones, etc., se destinará la suma de quinientos pesos ($ 500); todas estas sumas se incluirán, sin más requisito, en la Ley de Apropiaciones de 1925; y si el congreso no hiciere esta inclusión en sus actuales sesiones, el Gobierno la hará por medio del respectivo crédito administrativo, que sin más requisitos, abrirá al efecto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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