Micelio

Artículo 5

O

Decreto 3306 de 1963 · sobre fijación de viáticos y pasajes en el servicio oficial y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

o . Cuando una persona que reciba remuneración del Tesoro Nacional dentro del país, fuere nombrada para el desempeño de una comisión en el Exterior, se le pagará lo siguiente: La remuneración que devengue, en pesos colombianos, sin ninguna modificación o equivalencia en moneda extranjera, y Los viáticos, en dólares, de conformidad con el artículo anterior.

Parágrafo

Cuando se trate de comisiones de estudio en el Exterior, no habrá lugar la pago de viáticos, y el Gobierno podrá reconocer o no el pago de remuneración, de acuerdo con la reglamentación que dicte sobre tales comisiones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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