Micelio

Artículo 2

Decreto 2968 de 1956 · Por el cual se crea el Servicio Nacional de Erradicación de la Malaria

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo secundo. A partir del 1* de enero de 1957, el Departamento de que trata el artículo precedente, (S. E. M.), constituirá unidad presupuestal propia, a la cual se le asignará una partida global destinada exclusivamente a los gastos que ocasione su funcionamiento. Además, formarán parte de tal presupuesto las partidas asigna­das para la Campaña Antimalárica por las entidades In­ternacionales, gobiernos amigos e Instituciones oficiales o particulares.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2968 de 1956