Micelio

Artículo 3

En Caso De Que Fuere Indispensable Vender En Pública Subasta Los Bienes De La Sucesión Que No Pudieren Ser Conservados Y Aquellos Cuyo Producto Sea Necesario Para Cubrir El Valor De Los Gastos Generales Y Deudas Contraídas Por El Difunto En Su Ultima Enfermedad Y A Causa De Ella, El Cónsul Enviará Al Ministerio De Relaciones Exteriores La Diligencia De Remate Y La Cuenta Comprobada De Haberse Invertido El Producto De Esos Bienes En Los Objetos Enunciados

Decreto 284 de 1918 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones legales relativas a la entrega de bienes herenciales de colombianos muertos en el Exterior

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. En caso de que fuere indispensable vender en pública subasta los bienes de la sucesión que no pudieren ser conservados y aquellos cuyo producto sea necesario para cubrir el valor de los gastos generales y deudas contraídas por el difunto en su ultima enfermedad y a causa de ella, el Cónsul enviará al Ministerio de Relaciones Exteriores la diligencia de remate y la cuenta comprobada de haberse invertido el producto de esos bienes en los objetos enunciados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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