Las autoridades nacionales, departamentales y municipales, prestarán a las Juntas Municipales de la Renta, a los Inspectores y a los demás empleados de que trata el presente Decreto, el apoyo necesario para el correcto desempeño de sus funciones, y les otorgarán, con forme a las Leyes, las garantías a que tienen derecho en el ejercicio de ellas.
Decreto 794 de 1919 →Vigente
Artículo 40
Las Autoridades Nacionales, Departamentales Y Municipales, Prestarán A Las Juntas Municipales De La Renta, A Los Inspectores Y A Los Demás Empleados De Que Trata El Presente Decreto, El Apoyo Necesario Para El Correcto Desempeño De Sus Funciones, Y Les Otorgarán, Con Forme A Las Leyes, Las Garantías A Que Tienen Derecho En El Ejercicio De Ellas
Decreto 794 de 1919 · Por el cual se reglamenta la ley 56 de 1918, que establece el impuesto sobre la renta
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.