° Este Decreto requiere para su validez la aprobación del señor Ministro de Obras Públicas. Dado en Villavicencio a veinticuatro de abril de mil novecientos catorce. Pablo B. Leon Carlos G. Estrada, Secretario General. Ministerio de Obras Públicas - Bogotá, mayo 4 de 1914. Aprobado. El Ministro, simon ARAUJO
Decreto 18 de 1914 →Vigente
Artículo 6
Este Decreto Requiere Para Su Validez La Aprobación Del Señor Ministro De Obras Públicas
Decreto 18 de 1914 · Por el cual se distribuye el auxilio que el Gobierno Nacional da para la composición del camino entre Susumaco y Villavicencio
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.