º Este Comité estará integrado por los siguientes funcionarios: -- El Ministro de Obras Públicas y Transporte o su Delegado. -- El Ministro de Agricultura o su Delegado. -- El Director de Navegación y Puertos del Ministerio de Obras Públicas y Transporte. -- El Director del Instituto Nacional de los Recursos Renovables del Ambiente--INDERENA--. -- El Director del Instituto Colombiano de Hidrología Metereología y Adecuación de Tierra --HIMAT--. -- El Director del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria--INCORA--y. -- El Gerente de la Corporación Nacional de Turismo.
El Comité podrá citar a sus reuniones a otros funcionarios que a su juicio puedan colaborar con sus objetivos, siendo obligatoria su asistencia. Estará presidido por el Ministro de Obras Públicas y Transporte, y en su ausencia, por el Ministro de Agricultura.