ARTICULO 24. Los costos inherentes a la operación presupuestal que se realiza deberán ser tenidos en cuenta en la determinación del valor del compromiso y su afectación podrá hacerse con cargo al rubro presupuestal que directamente los origina.
Decreto 2660 de 1993 →Vigente
Artículo 24
Los Costos Inherentes A La Operación Presupuestal Que Se Realiza Deberán Ser Tenidos En Cuenta En La Determinación Del Valor Del Compromiso Y Su Afectación Podrá Hacerse Con Cargo Al Rubro Presupuestal Que Directamente Los Origina
Decreto 2660 de 1993 · por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 1994, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.