La administración de la Caja estará a cargo del Instituto de Crédito Territorial, dadas las facilidades de que goza el Instituto y su finalidad de fomentar vivienda económicamente.
El Gerente del Instituto de Crédito Territorial lo será también de la Caja de Vivienda Militar, y el Contador de aquél lo será también de la mencionada Caja.
Cuando se vayan a tratar en la Junta Directiva del Instituto de Crédito Territorial asuntos relacionados con la Caja de Vivienda Militar, concurrirán a dicha Junta, mediante citación, con voz y voto, el Ministro de Guerra o un representante suyo, el Jefe de Estado Mayor General, los Directores del Ejército, la Armada y la Aviación, el Jefe del Departamento de Control y Ordenación del Presupuesto del Ministerio de Guerra y el Gerente de la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares.
El Gerente del Instituto de Crédito Territorial rendirá un informe semestral al Ministro de Guerra sobre la situación económica y sobre las actividades desarrolladas y proyectadas por la Caja. Un resumen de este informe lo publicará el Ministerio de Guerra en su Boletín, para conocimiento de todos los socios de la Caja.