º. El Instituto de Fomento Industrial podrá realizar todas las operaciones de las Corporaciones Financieras y gozará de las ventajas establecidas para ellas en el Decreto extraordinario número 2369 de 1960, con el fin de promover la fundación, enganche o fusión de empresas que se dediquen a la explotación de industrias básicas y de primera transformación de materias primas nacionales, que la iniciativa y capital privados no hayan desarrollado o no hayan podido por sí solos desarrollar satisfactoriamente.
Artículo 1
El Instituto De Fomento Industrial Podrá Realizar Todas Las Operaciones De Las Corporaciones Financieras Y Gozará De Las Ventajas Establecidas Para Ellas En El Decreto Extraordinario Número 2369 De 1960, Con El Fin De Promover La Fundación, Enganche O Fusión De Empresas Que Se Dediquen A La Explotación De Industrias Básicas Y De Primera Transformación De Materias Primas Nacionales, Que La Iniciativa Y Capital Privados No Hayan Desarrollado O No Hayan Podido Por Sí Solos Desarrollar Satisfactoriamente
Decreto 1883 de 1964 · Por el cual se reglamenta la Ley 16 de 1963
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.