Micelio

Artículo 14

Ley 434 de 1998 · por la cual se crea el Consejo Nacional de Paz, se otorgan funciones y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Estos recursos estarán constituidos por:

1.

Los recursos que se le asignen en el Presupuesto General de la Nación.

2.

Las donaciones de dinero que ingresen directamente al Fondo previa incorporación al Presupuesto General de la Nación y las donaciones en especies legalmente aceptadas.

3.

Los aportes provenientes de la cooperación internacional, previa incorporación al Presupuesto General de la Nación.

4.

Créditos contratados nacional o internacionalmente.

5.

Los demás bienes, derechos y recursos adjudicados, adquiridos o que adquieran a cualquier título, de acuerdo con la ley.

Parágrafo

El inciso primero del artículo 10 de la Ley 368 de 1997 se adicionará así:

“El Fondo de Programas Especiales para la Paz también tendrá por objeto la financiación de las acciones que realice el Consejo Nacional de Paz, así como los programas de paz encaminados a fomentar la reincorporación a la vida civil de los grupos alzados en armas, de acuerdo con la política de paz existente”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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