Micelio

Artículo 1

Ley 18 de 1970 · por la cual se amplían unas autorizaciones al Gobierno para celebrar operaciones de crédito externo, se reglamenta la Comisión Interparlamentaria de Crédito Público y se dictan otras disposiciones.Declarado

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Amplíense en cuatrocientos cincuenta millones de dólares (US$ 450.000.000.00), las autorizaciones conferidas al Gobierno Nacional por las Leyes 123 de 1959, 9a. de 1962, 12 de 1965 y 26 de 1967 dentro de los términos y finalidades previstos en dichas leyes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 18 de 1970