Micelio

Artículo 53

Los Recursos Del Banco Destine Al Fomento De La Producción Agrícola Podrán Imputarse, A Juicio Del Ministerio De Agricultura Y En La Cuantía Que El Mismo Determine, El Porcentaje Señalado Por El Artículo 41 De La Ley 6 De 1973

Decreto 133 de 1976 · Por el cual se reestructura el Sector Agropecuario

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los recursos del Banco destine al fomento de la producción agrícola podrán imputarse, a juicio del Ministerio de Agricultura y en la cuantía que el mismo determine, el porcentaje señalado por el artículo 41 de la Ley 6 de 1973. D. DE LA CORPORACION FINANCIERA DE FOMENTO AGROPECUARIO Y DE EXPORTACIONES, COFIAGRO S.A.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 133 de 1976