º DE LA AUTORIZACIÓN. La autorización notarial de las declaraciones de voluntad que según la ley deban solemnizarse por escritura pública, lo mismo que la de aquellas que los interesados quieran revestir de esta formalidad, causará los siguientes derechos
Ochocientos pesos ($ 800.00) de la de los actos por cuya naturaleza no sea posible expresar cuantía en el documento objeto de la autorización.
Ochocientos pesos ($ 800.00) la de los actos cuya cuantía fuere igual o inferior a cincuenta mil pesos ($50.000.00). Cuando fuere mayor, la suma adicional del uno punto cinco por mil (1.5º/oo) sobre el exceso.
En los casos de los literales a) y b) del presente artículo, la suma adicional de noventa pesos ($ 90.00) por cada hoja del instrumento.