Funciones. Las funciones de la Junta Directiva son de tres clases: I. Clase A. Que requieren para su validez aprobación del Gobierno Nacional. II. Clase B. Que requieren para su validez el voto favorable del Ministro de Desarrollo Económico, o su delegado. III. Clase C. Que no requieren para su validez de ninguna, formalidad especial. Pertenecen a la Clase A
Adoptar los estatutos y cualquier reforma que a ellos se introduzca;
Adoptar el Estatuto de Personal al servicio de la entidad y la escala de remuneración de los empleos;
Disponer la contratación de empréstitos internos y externos con destino a la Zona y aprobar los contratos respectivos, todo conforme a las disposiciones legales vigentes;
Conceder comisiones al exterior a sus funcionarios o empleados. Pertenecen a la Clase B: a) Aprobar el presupuesto anual de la Zona y efectuar los traslados presupuestales necesarios para la ejecución de los programas del mismo; b) Delegar funciones de las que le corresponden a la Zona Franca de conformidad con los artículos 7° y 8° de los presentes estatutos. Pertenecen a la Clase C: a) Formular la política general de la Zona, los planes y programas que, conforme a las reglas prescritas por el Departamento Nacional de Planeación y el Ministerio de Desarrollo Económico, deben proponerse para su incorporación a los planes sectoriales y, a través de éstos, a los planes generales de desarrollo; b) Aprobar el programa anual de labores de la entidad y los proyectos específicos que le presente la gerencia; c) Autorizar, con el voto favorable de cinco (5) de sus miembros, todo acto o contrato cuya cuantía exceda de cien mil pesos ($ 100.000.00) y tengan un plazo mayor de un (1) año; d) Autorizar con el voto favorable de cinco (5) de sus miembros al Gerente para transigir o comprometer diferencias o litigios en que la Institución sea parte.
Determinar la estructura administrativa de la entidad, crear los cargos necesarios para su funcionamiento, determinar las funciones, señalar las asignaciones y establecer primas y bonificaciones, conforme a las disposiciones legales vigentes;
Controlar la marcha de la institución y verificar su conformidad con las políticas y programas adoptados;
Autorizar la expedición de certificados de depósito que pueden servir de garantía ante los bancos del país y del extranjero, con fines de financiación;
Reglamentar las condiciones para la prestación de los diferentes servicios de la entidad, y fijar las tarifas a que haya lugar;
Examinar y aprobar las cuentas y balances que presente la gerencia;
Estudiar y aprobar el balance y el informe anual que debe presentar el Gerente sobre las labores desarrolladas y sobre el estado general de la institución;
Señalar las funciones del gerente que pueden ser delegadas por este en otros funcionarios de la entidad;
Designar provisionalmente a quien deba ocupar la gerencia de la entidad por falta temporal o absoluta del titular, mientras el Presidente de la República no designe el reemplazo;
Resolver los asuntos que someta a su consideración el gerente o cualquiera de los Directores;
Expedir su reglamento interno;
Conceder conforme a las disposiciones vigentes, permisos o licencias al gerente y designar la persona que haya de reemplazarlo en esos casos o en las ausencias accidentales no mayores de 30 días;
Las demás que le señalen las leyes, los reglamentos y los estatutos.