Micelio

Artículo 2

La Comisión De Que Trata El Artículo Anterior Estará Integrada Por Los Gobernadores De Los Departamentos De Antioquia, Caldas, Cauca, Córdoba, Cundinamarca Y Santander, Los Cuales Coordinarán Su Acción Con Los Gobernadores Que A Continuación Se Determinan: Antioquia Con Chocó

Decreto 100 de 1973 · Por el cual se constituye una comisión asesora del Ministerio de Educación Nacional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La comisión de que trata el artículo anterior estará integrada por los gobernadores de los Departamentos de Antioquia, Caldas, Cauca, Córdoba, Cundinamarca y Santander, los cuales coordinarán su acción con los gobernadores que a continuación se determinan: Antioquia con Chocó. Caldas con Quindío, Risaralda y Tolima. Cauca con Huila, Nariño y Valle. Córdoba con Atlántico, Bolívar, Magdalena y Sucre. Cundinamarca con Boyacá, Meta y Alcaldía Mayor del Distrito Especial de Bogotá. Santander con Cesar, Guajira y Norte de Santander.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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